Ley Segunda Oportunidad: conseguimos exonerar deudas por 6.221.988€

Hemos logrado que el Juzgado de lo Mercantil de Alicante nº3 con sede en Elche haya dictado un Auto de fecha 29 de abril de 2025, ya firme, por el que se acuerda en favor de un empresario de la provincia la exoneración de las deudas con distintas entidades de crédito, que ascienden a 6.221.988€. Se trata de una de las cifras más altas que se conocen de exoneración de pasivo insatisfecho en la provincia de Alicante.

El empresario que ve exoneradas sus deudas era miembro del Consejo de Administración de un grupo de empresas con sede social en Orihuela. El grupo empresarial pactó el 21 de diciembre de 2021 con un pool bancario formado por 7 entidades una refinanciación de las deudas del grupo de empresas. Esta refinanciación fue avalada personalmente por el empresario cliente de la firma. Tras entrar el grupo de empresas en concurso de acreedores, las distintas entidades bancarias pretendieron que el empresario, como persona física, asumiera el pago de 6.221.988€.

Ante esta situación, el empresario solicitó su concurso de acreedores como persona física. Se da la circunstancia de que una de las entidades bancarias, acreedora de 3.080.997€, solicitó el nombramiento de un administrador concursal por los trámites del art. 37 ter de la Ley Concursal para tratar de evitar que el Juzgado concediera la exoneración del pasivo insatisfecho. Sin embargo, tras el informe de la administración concursal y las alegaciones que realizamos, el Juzgado ha reconocido la exoneración de las deudas del empresario, que suman 6.221.988€.

Esta resolución judicial tiene una gran trascendencia para aquellos empresarios que, para conseguir financiación bancaria para sus empresas, han tenido que avalar las operaciones de préstamo con sus bienes personales por imposición del Banco. Si se dan las circunstancias, el empresario puede conseguir que el Juzgado le exonere la deuda con la banca, de tal forma que podrá emprender de nuevo, iniciando un nuevo proyecto personal y empresarial desde cero, sin verse lastrado por la losa de la deuda bancaria.

En el siguiente enlace puedes consultar el texto completo de la resolución judicial…

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